Cómo abrir una importadora de medicamentos en Bolivia

Qué es una importadora registrada ante AGEMED, qué productos cubre y cómo es el recorrido del trámite.

Revisada el 25 de octubre de 2026

Qué se considera medicamento reconocido por ley

La Ley del Medicamento N° 1737 (artículo 4) incluye medicamentos genéricos y de marca, preparados oficinales, fórmulas magistrales, medicamentos homeopáticos, productos de origen vegetal, animal o mineral con propiedades medicinales, y medicamentos especiales, biológicos, hemoderivados, dietéticos, odontológicos, cosméticos, radiofármacos, dispositivos médicos, sustancias para diagnóstico y reactivos para laboratorio clínico.

Por qué la empresa debe estar registrada

AGEMED recuerda que los laboratorios, las importadoras y las distribuidoras deben contar con la Resolución Administrativa de funcionamiento emitida por AGEMED y cumplir las Buenas Prácticas de Almacenamiento y de Manufactura según corresponda.

Existen formularios de apertura distintos según lo que se importa: medicamentos reconocidos por ley, cosméticos, dispositivos médicos, productos de higiene, reactivos de diagnóstico o materia prima.

Cómo es el recorrido del trámite

Desde la Circular 12/2024 ya no hay revisión previa presencial. El expediente físico, foliado, ingresa por Ventanilla 3. El Departamento de Vigilancia y Control evalúa si el expediente cumple o no cumple.

Si cumple, se emite la orden de pago y se continúa el trámite. Si no cumple, el expediente se devuelve para subsanar las observaciones y se presenta de nuevo.

Después de abrir

Las empresas habilitadas se reinscriben cada año y mantienen al día su certificado de empresa. Para comercializar cada producto se necesita, además, su registro sanitario (ver la guía de registro sanitario).

Fuentes

  • Ley del Medicamento N° 1737, art. 4 (citada en CR-23-2023 y en el formulario FORM-092)
  • CR-23-2023: Recordatorio de normativa nacional y supranacional sobre cosméticos e higiene doméstica
  • CR-12-2024: Revisión de documentos para trámites de licencias de funcionamiento
  • Formularios de apertura FORM-092 a FORM-097 y FORM-107 (reinscripción anual)
  • RM-0909-2005, numeral 2.2.2 (certificado de empresa vigente)

Información general. Los requisitos están sujetos a la normativa vigente de AGEMED.

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